ORIGEN DE LA PLANIFICACION SOCIAL EN VENEZUELA
El sistema nacional de
planificación se inicia con la creación de la Oficina Central de
Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República
(CORDIPLAN), mediante Decreto Ley Nº 492, promulgado el 30 de diciembre de
1958. Esta oficina, auxiliar del Ejecutivo Nacional para las tareas relativas a
la planificación, establece las condiciones para crear oficinas sectoriales y
regionales de planificación y asesora en cuanto al diseño y ejecución de
la política y la coordinación de las mismas, dentro de un
plan general de cooperación administrativa. También pauta la coordinación
de programas nacionales, regionales, estatales y municipales mediante la
articulación de los respectivos planes, la desconcentración de programas
nacionales de desarrollo, la descentralización de ciertas atribuciones y
la formulación de organismos especiales para la ejecución de los planes.
La organización del
proceso de planificación se dirige al ámbito regional y se van creando
progresivamente las Corporaciones de Desarrollo: La Corporación Venezolana de
Guayana (CVG) en 1960, Consejo Zuliano de Planificación (CONZUPLAN) en 1963,
Corporación de Desarrollo de los Andes (CORPOANDES) 1964, Fundación para el
Desarrollo Centro Occidental (FUDECO) 1965, y así se continúa con la
corporaciones de Desarrollo de la Región Zuliana, de la Región Central y de la
Región Nor-Oriental. De manera que pudiera afirmarse que el proceso
institucionalizado de la planificación tiende a consolidarse a través de una
larga y dificultosa evolución centrada en la definición y articulación de
los diferentes niveles que conforman el sistema de planificación: Central, sectorial,
regional y estadal.
Desde la creación de
CORDIPLAN en 1958 hasta el presente, se han formulado un conjunto de planes de
desarrollo que expresan la evolución metodológica y socio – histórica del país,
así como los diferentes tratamientos de los aspectos políticos, sociales,
institucionales y legales que abarcan los distintos niveles de planificación.
NIVELES QUE CONFORMAN EL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN EN VENEZUELA
- Nivel Central: Conformado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, representando la suprema autoridad o instancia de decisión política del sistema. A diferencia del nivel técnico administrativo, representado por CORDIPLAN; que tiene como función fundamental asistir en materia de planificación al Presidente de la República y al Consejo de Ministros. Expresamente le corresponde coordinar, promover, orientar y compatibilizar, en las distintas instancias del sistema, el proceso de formulación de los planes de largo, mediano y corto plazo. Además, se cuenta con otras oficinas de apoyo adscritas a la Presidencia de la República, como son: La Oficina Central de Estadística e Informática(OCEI) y la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), las cuales actúan interrelacionadamente, de acuerdo a sus competencias.
- Nivel Sectorial: Este nivel se incorpora formalmente al sistema de planificación a partir de 1971, de acuerdo a lo pautado en el Reglamento del Estatuto Orgánico de Ministerios, donde se establece las Direcciones de Planificación y Presupuesto en todos los Ministerios, con expresas funciones como órganos sectoriales de planificación, pero sin estar vinculados funcionalmente a CORDIPLAN. Este nivel está sujeto a modificaciones periódicas, que se relacionan con reformas que de tiempo en tiempo se producen en la Administración Central.
- Nivel Regional: Este nivel fue considerado importante en el proceso de planificación por su relevante contribución al proceso de desarrollo nacional. Por ello, en el Decreto de creación de CORDIPLAN se estimula la representación de los organismos regionales, que aparecen progresivamente en la década del 60 como las Corporaciones de Desarrollo Regional, y también la atención al tratamiento de la realidad físico – espacial del país, pues es evidente la necesidad de definir áreas especiales de acción por parte del Estado, para coordinar la intervención de los distintos entes oficiales. En 1969, se promulga el Decreto 72, donde se define por primera vez un sistema de regiones del país, el cual es revisado y ajustado en ocasiones sucesivas tanto en lo que respecta a los límites regionales, como a los organismos y mecanismos para operar la planificación regional.
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